jueves, 20 de septiembre de 2018

'NUESTRAS VOCES': Cristina en el país de las maravillas

jueves 20 de setiembre de 2018




Cristina en el... país de las maravillas










En 2016, CFK fue procesada por el juez Claudio BonadÍo en el marco de la causa de dólar futuro. En 2017, el mismo BonadÍo la procesó con prisión preventiva en la causa por el memorándum con Irán. El lunes pasado, nuestro incansable magistrado volvió a procesar a CFK con prisión preventiva en la causa de los cuadernos fotocopiados. La ausencia de pruebas materiales de los delitos denunciados es compensada por las íntimas certezas del juez. En la Argentina de Cambiemos, es ella quien debe probar que las acusaciones son falsas, no la investigación judicial demostrar que son verdaderas.
Por                                                                                      SEBASTIÁN FERNÁNDEZ





– ¡Que el jurado considere su veredicto!  –  ordenó el Rey.

 –  ¡No! ¡No!  –  protestó la Reina  –.Primero la sentencia… El veredicto después. 

                                                                  –  ¡Valiente idiotez!  –  exclamó Alicia alzando la voz  -                                                                                 ¡Qué ocurrencia pedir la sentencia primero! 

–  ¡Cállate la boca!  –  gritó la Reina, poniéndose color púrpura.

 –  ¡No quiero!  –  dijo Alicia. 

  –  ¡Que le corten la cabeza!  –  chilló la Reina a grito pelado.

Las aventuras de Alicia en el país de las maravillas

Lewis Carroll



En mayo del 2016, cinco meses después de haber dejado la presidencia, CFK fue procesada por el juez Claudio Bonadio "por administración infiel en perjuicio de la administración pública" en el marco de la causa de dólar futuro. Según el juez, la presidenta, el ex ministro de Economía Axel Kicillof, el ex presidente del Banco Central Alejandro Vanoli y doce imputados más habían incurrido en "una defraudación al Estado" ya que "al momento mismo de realizar esos contratos, se estaba soslayando olímpica y deliberadamente el verdadero precio de mercado (del dólar)".

El dólar futuro es un contrato de compra-venta de divisas, a una fecha futura y por un precio determinado en pesos que se pacta entre dos partes, en este caso entre el Banco Central e inversores privados. Es un instrumento financiero que utiliza también el gobierno actual y que actúa como una especie de seguro que interviene en el mercado cambiario del mismo modo que lo hace el Banco Central cuando vende dólares o sube la tasa para contener una corrida. Invocar que el instrumento "soslayaba el verdadero precio de mercado" equivale a sostener que existe un Señor Mercado que establece cual será "el verdadero precio" del dólar en un momento dado o que los únicos que pueden intervenir en el mercado cambiario son los agentes privados.

Lo paradójico en este caso fue que el perjuicio hacia la administración pública denunciado por el juez, unos 77.000 millones de pesos, fue generado por la actual administración al decidir devaluar antes de la fecha determinada en el contrato de dólar futuro (febrero y marzo del 2016). Operación en la que, además, se beneficiaron varios funcionarios de Cambiemos, como el famoso Toto de la Champions, actual presidente del Banco Central. "Técnicamente no es delito", diría la ineludible Laurita Alonso, titular de la Oficina Anticorrupción.

En diciembre del 2017, el mismo juez Bonadio dispuso el procesamiento de CFK con prisión preventiva en la causa por el memorándum con Irán. El magistrado ordenó además la inmediata detención de Carlos Zannini, Héctor Timerman  –  en este caso dispuso su arresto domiciliario por su crítico estado de salud  –  Luis D'Elía, Fernando Esteche y Jorge Khalil, además de dictar el procesamiento sin prisión preventiva del ex secretario General de la Presidencia Oscar Parrilli y del diputado Andrés Larroque. También pidió al Senado el desafuero de la ex presidenta.

Para resucitar la denuncia de Nisman desestimada por dos instancias judiciales por carecer de pruebas de delito, Bonadio sostuvo que CFK y los demás acusados habían incurrido en "traición a la Patria", delito que sólo puede llevarse a cabo durante un conflicto bélico. Para sortear ese pequeño escollo legal el magistrado argumentó que el atentado a la AMIA fue un acto de guerra de Irán. Al parecer, sin que nadie se haya dado cuenta, la Argentina estaba en guerra con aquel país desde el 18 de julio de 1994. La Cámara desestimó ese argumento asombroso  –  aún para los estándares generosos de nuestra #JusticiaFabioZerpa de máxima creatividad  –  pero aceptó relanzar una causa que transformó en delito un acuerdo votado por el parlamento argentino, que, además, nunca entró en vigencia.
En los últimos tiempos pareciera que hay jueces que deciden lo que creen que tienen poder para hacer, sin detenerse ante ningún límite constitucional: la medida de sus decisiones es la de su poder mediático. No obstante, esto no se ha generalizado del todo. Manipular jurídicamente el concepto de traición es de un gravedad institucional … Sigue leyendo¿Traición a la Nación o prevaricato de los jueces?


El lunes pasado, nuestro incansable magistrado volvió a procesar a CFK con prisión preventiva, esta vez como jefa de una asociación ilícita en el marco de la causa de los Cuadernos del escriba Oscar Centeno, junto a otros ex funcionarios y empresarios. Al igual que en el caso del memorándum, la ausencia de pruebas materiales de los delitos denunciados, como cuentas bancarias, dinero en efectivo, transferencias o recibos, es compensada por las íntimas certezas del juez. Como explicó la abogada Graciana , "un buen resumen del fallo es que Bonadio dice que puede concluir que CFK es la destinataria del dinero cuya existencia ni siquiera probó y Bonadio dice al mismo tiempo y en el mismo escrito que no se ha constatado que CFK haya recibido el dinero".

Para justificar la prisión preventiva, el juez señaló la posibilidad de CFK de "incidir en la investigación mediante sus contactos de medios de comunicación afines". En una época de cerco mediático oficial en la que los periodistas opositores han sido desplazados de casi todos los medios de comunicación para refugiarse en plataformas propias o en youtube, el argumento denota el fino humor de nuestros jueces federales.

Humor del que no carece Germán Garavano, el ministro de Justicia, quién aconsejó a la ex presidenta: "Si una persona no tuvo nada que ver, debería dar una conferencia de prensa para explicar que no tuvo nada que ver". Según la novedosa doctrina Garavano-Kafka, ya no existe presunción de inocencia sino culpabilidad presunta, al menos en el caso de CFK. Es ella quien debe probar que las acusaciones son falsas, no la investigación judicial demostrar que son verdaderas.

Como en el país las maravillas de Alicia, en la Argentina de Cambiemos primero se dicta sentencia, luego viene el veredicto y mientras tanto, ¡que le corten la cabeza!







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