El Cohete a la Luna
miércoles 31 de octubre de 2018
DE PERÓN A
VACA MUERTA
Ni Yrigoyen en 1930 ni Perón en 1955 entregaron la soberanía ni los recursos hidrocarburíferos
1. La energía es esencial para el desarrollo de una Nación y el gobierno que no controla sus fuentes de energía no puede conducir el desarrollo económico.
Sin embargo, la energía y los hidrocarburos no ocupan en el debate político el lugar central que merecen. Y esto no es nuevo. Un ejemplo: se habla muchísimo del golpe a Yrigoyen como un hito de ruptura institucional, de la intervención militar, de la acordada de la Corte o aun de anécdotas como la del “diario de Yrigoyen” que, según parece, fue una mentira de los golpistas. Pero poco y nada se recuerda que la causa principal fue la decisión de Yrigoyen de federalizar el control de los hidrocarburos, es decir, de sacarlos del código de minería y por ello de la jurisdicción provincial para que fueran de dominio de la Nación.
Von Pepe Uriburu, el general del golpe petrolero
Esto lo recordó Sampay en la Convención Constituyente de 1949. Dijo así, refiriéndose a Yrigoyen “cuya deposición, que impidió sancionar la ley que nacionalizaba el petróleo, fue festejada ‘por los ricos terratenientes – según anota Waldo Frank, testigo del 6 de septiembre — sacando de sus bodegas el champaña de las mejores vendimias para acompañar el menú de los petroleros americanos”. Sampay le atribuye esta frase: “El subsuelo mineral de la República no puede ni debe ser objeto de otras explotaciones que las de la Nación misma” (Convención Nacional Constituyente, Buenos Aires, Imprenta del Congreso de la Nación, 1949, Reunión 6º, p. 282; La Constitución de 1949 Comentada por sus autores, Ed. El Coloquio, Buenos Aires, 1975, p. 301). Si iba a nacionalizar la jurisdicción sobre los hidrocarburos, estaba bastante lúcido y nadie le escribía ningún diario.
2. Lo anterior demuestra que las petroleras tienen una enorme capacidad política, económica y suficiente estrategia como para crear relatos y aun ocultar su intervención. Cuanto menos se hable de su negocio, mejor. La mejor noticia es que no haya noticia.
El disparatado valor que Macri fijó al gas en 2016 los hizo salir del escondite. Tanto que su renta fue un punto central del fallo de la Corte que anuló el primer aumento de tarifas (Caso “CEPIS”, Fallos 339:1077, cons. 20 y ss.). Pero el poder de presión fue tal que una resolución administrativa los sacó enseguida del escenario, incumpliendo el fallo de la Corte.
3. Hoy la formación de Vaca Muerta es la esperanza del gobierno de Cambiemos y de un gran sector de la Nación.
El sentido común indica que, si tenemos grandes cantidades de hidrocarburos, su explotación debería traer como consecuencia energía abundante y barata que permita el desarrollo industrial.
Pero no parece ser ese el horizonte del gobierno que solo habla de exportar los hidrocarburos. El plan sería entonces un negocio para la petrolera que vendería los hidrocarburos a precio internacional. La Argentina profundizaría su rol de exportador de materias primas sin valor agregado. Y si se mantiene el régimen de Cambiemos de no exigir el ingreso de las divisas, el beneficio para la Nación de alojar grandes reservas sería un desarrollo minero local y el pago del impuesto a las ganancias. Nada de desarrollo industrial. Un horror.
4. A mi modo de ver, el debate sigue girando sobre los mismos ejes:
a) Si el “dominio” o, mejor, la potestad regulatoria sobre los yacimientos hidrocarburíferos debe corresponder a la Nación (como querían Yrigoyen, Perón, Sampay, Oyhanarte, etc.) o a las provincias (tesis defendida por Menem, Cavallo, antes Martínez de Hoz, casi todos los gobernadores de provincias petroleras, y las multinacionales petroleras), y, posteriormente a 1994 que lamentablemente consagró la tesis provincial, cómo queda el reparto de competencias;
b) La constitución de un monopolio –de hecho o de derecho— a favor del Estado para exploración, explotación, transporte y comercialización de hidrocarburos; y
c) Cuando la explotación es realizada por un privado, cuál es la relación jurídica del concesionario con el hidrocarburo extraído, es decir, si tiene la propiedad y libre disponibilidad o está sujeto al destino que el Estado le dé, de suyo respetando la remuneración por la inversión y valor de las tareas que desarrolla.
5. Volviendo a Vaca Muerta es notable lo poco que se difunde y discute el programa nacional sobre esos yacimientos.
Por ejemplo, ¿qué participación tiene YPF, que fue el descubridor? Aparentemente no ha sido el mayor desarrollador. Macri se fotografía con Rocca, pero nunca aparece YPF en las fotos.
¿No sería lógico capitalizar a YPF y que invierta en Vaca Muerta todo lo que resulte necesario?
Los difusores de las ideas de la derecha en la materia afirman como una verdad revelada que la Argentina no tiene capitales. Sin embargo, entre Sturzenegger y sus sucesores dilapidaron miles de millones de dólares de reservas. Los préstamos del FMI no se van a usar para capitalizar YPF sino para pagar los bonos emitidos por Prat Gay y Dujovne.
Cuando se dan estas discusiones, los liberales nos recuerdan que Perón firmó un contrato con la California en los ’50. Lo enuncian como una verdad indiscutida que mostraría que, o bien Perón era un hipócrita que alardeaba nacionalismo con Sampay en la constituyente del 49, pero en los hechos era un entreguista (tesis de los golpistas del ’55). O bien que era “inteligente” y “entendía el mundo” en contraposición con tontos que aun creemos en la soberanía nacional, la independencia económica y la justicia social.
Sin embargo, así como no hay evidencia del diario de Yrigoyen, tampoco el análisis del contrato permite concluir que Perón fuera liberal o entreguista.
6. La historia cuenta que en un período de alza del petróleo luego de la finalización de la Segunda Guerra, Perón, entonces presidente, suscribió en abril de 1955 un contrato con una empresa controlada por una poderosa compañía petrolera multinacional (Standard Oil de California).
Se decía que Perón quería mejorar las relaciones con los Estados Unidos luego del distanciamiento producido por la intervención del embajador Braden en las elecciones de 1945, la negativa de Perón de enviar tropas a Corea, etc.
7. Lo concreto es que por el contrato se daba en concesión de exploración con facultades de explotar en caso de encontrar hidrocarburos una amplia zona en la actual provincia de Santa Cruz, entonces territorio nacional.
Según la información que pude recoger, el sector abarcaba lo que hoy se conoce como la cuenca austral, que explotan Oil y CGC (antes Pecom y Petrobrás S.A.) con un petróleo de calidad mediana. También zonas de gas que aún no fueron desarrolladas. Y los pozos Santa Cruz I y II ya casi agotados. Es decir, no se incluía la cuenta del norte santacruceño que es la más rica y productiva ni la franja costera.
El contrato dio lugar a muchas críticas. Fue una de las excusas del salvaje golpe de Estado de ese año. Y se lo calificó como una contradicción con la doctrina de nacionalización de los hidrocarburos sostenida por Sampay en la convención constituyente de 1949.
8. Un hecho relevante es que Perón, en ejercicio de la presidencia, remitió el contrato al Congreso para su aprobación. El dato no es menor desde el punto de vista jurídico y político. ¿Cuántos contratos sobre hidrocarburos fueron debatidos en el Congreso entre 1955 y 2018?
Más allá de que algunos aspectos tributarios, aduaneros o cierto compromiso arbitral hubieran aconsejado una ratificación legal desde el punto de vista constitucional, no creo que la remisión haya estado basada en ese aspecto, sino en lo político. Implicaba llevar al máximo lugar de debate político la discusión sobre la política petrolera, y requerir la conformidad del Congreso como órgano de representación popular y de soberanía. No es ilógico pensar que la empresa también prefería una ley.
9. El contrato y el mensaje que lo acompaña puede verse en el Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Nación de 1955 (pp. 119-154). En él el Poder Ejecutivo informa que propone otorgar la zona antes referida de Santa Cruz en concesión de exploración y, en caso de hallarse hidrocarburos, de explotación a la Compañía California Argentina de Petróleo S.A., constituida en Delaware, Estados Unidos.
Decía el mensaje que el objetivo era llegar al autoabastecimiento para evitar la importación ante el crecimiento capitalista posterior a la Segunda Guerra. A criterio del Ejecutivo, el régimen del contrato permitía la inversión extranjera en recursos estratégicos, pero subordinados a la economía nacional.
El contrato establecía que todo el petróleo o gas que la compañía descubriera y explotara debía ser entregado a precio de mercado a Yacimientos Petrolíferos Fiscales (ENDE), para su industrialización y comercialización. El excedente de petróleo que YPF no pudiera procesar era exportable por la compañía. Además, el privado podía construir una destilería para procesarlo, pero en ese caso debía llevar las contabilidades en forma separada.
El régimen económico era de 50% para cada parte. Es decir, la empresa podía disponer libremente de la mitad de las utilidades anuales que obtuviera, pudiendo remesarlas al exterior sin limitaciones, siendo la otra mitad para el Estado en concepto de participación directa e impuestos.
El contrato no hace referencia al dominio nacional, inalienable e imprescriptible de los hidrocarburos, tal como prescribía la Constitución sancionada en 1949. Sin embargo, aun cuando otorga cierta libre disponibilidad al privado luego de abastecer a YPF, no parece que hubiera contradicción con la prescripción constitucional entonces vigente.
Para el caso de controversias el contrato preveía la conformación de un tribunal arbitral, si fracasaban las gestiones amigables para resolver el conflicto. Ese tribunal arbitral no quedaba afuera de la jurisdicción nacional ni es similar a las prórrogas de jurisdicción habituales desde los años ’90 con intervención del CIADI, ni mucho menos tribunales extranjeros con sede en Nueva York o Londres.
El tribunal arbitral se componía por tres miembros, uno por cada parte, y el tercero era designado por el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
10. El proyecto no llegó a tratarse. Cada uno puede realizar consideraciones y valoraciones. El contrato suponía realmente riesgo empresario. No se otorgaban para explotar áreas ya descubiertas por YPF, que fue lo que hicieron las dictaduras de Onganía y Videla, y, luego, el gobierno de Menem al privatizar YPF, sino áreas para explorar que, además, no resultaron tan ricas en hidrocarburos. Y sobre el eventual beneficio, mantiene un control y una participación no desdeñable. Pienso por esto que, en ningún caso, puede plantearse que el contrato autorice a descalificar a Perón.