martes 24 de enero de 2017
La Resolución referida está en concordancia con la Ley 3147 de la Ciudad de Buenos Aires que fomenta la producción de bolsas biodegradables, la reducción progresiva y la prohibición en la entrega de bolsas no biodegradables por parte de los comercios, y la sustitución de sobres y bolsas no biodegradables por aquellos que sí lo son; también, con la Ley 1854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, más conocida como "Basura Cero". Esta normativa porteña se suma además a iniciativas similares de otras jurisdicciones del país como las provincias de Córdoba, Chubut y Río Negro, y las ciudades de Neuquén, Ushuaia, Comodoro Rivadavia, Rosario, entre otras.
Las bolsas de plástico livianas se convierten en residuos muy rápidamente. Dado resulta más económico fabricar bolsas con materia prima nueva, sólo una mínima porción del volumen fabricado se recicla. La aplicación de esta normativa habilita un bienvenido cambio en el consumo general de plástico, un material altamente contaminante que causa la degradación del ambiente, promoviendo la reutilización de bolsas de compras lo que resulta una mejor opción en términos ambientales.
Dado su peso reducido las bolsas de plástico tienden a dispersarse fácilmente como basura, tapando sumideros y generando anegamientos durante las tormentas. No sólo cubren áreas terrestres sino también cuencas hídricas, costas y mares, humedales, entre otros. Esto es particularmente importante para una ciudad ribereña como Buenos Aires. Cuando estas bolsas alcanzan cuerpos de agua tienen un fuerte impacto sobre diversas especies animales. Para una tortuga marina, por ejemplo, una bolsa se confunde fácilmente con una apetitosa medusa. El plástico y la materia fecal pueden terminar provocando una obstrucción intestinal que les imposibilita poder sumergirse para desplazarse, huir de predadores y alimentarse normalmente. Esto las debilita y les causa la muerte tras una lenta agonía. Asimismo, podría afectar su migración hacia aguas más cálidas, siendo finalmente arrastradas a la playa con un cuadro mortal de hipotermia.
Por último, el paso dado con la Resolución 341/2016 nos debe recordar además de lo imperioso que resulta avanzar con prontitud hacia el cumplimiento de la Ley Basura Cero, cuyo principio es la reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos a través de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado.
Chau bolsas: un paso necesario.
Fundación Vida Silvestre Argentina, Aves Argentinas, Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Fundación Patagonia Natural, Fundación Cabure-í, Fundación de Historia Natural Félix de Azara, Prictma y Fundación Inalafquen celebran la aplicación de la Resolución 341/2016 de la Agencia de Protección Ambiental porteña (APrA) que prohíbe la entrega de bolsas no biodegradables livianas, contribuyendo a minimizar la generación de residuos y el volumen de la disposición final de aquellos que no sean biodegradables.
La Resolución referida está en concordancia con la Ley 3147 de la Ciudad de Buenos Aires que fomenta la producción de bolsas biodegradables, la reducción progresiva y la prohibición en la entrega de bolsas no biodegradables por parte de los comercios, y la sustitución de sobres y bolsas no biodegradables por aquellos que sí lo son; también, con la Ley 1854 de Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, más conocida como "Basura Cero". Esta normativa porteña se suma además a iniciativas similares de otras jurisdicciones del país como las provincias de Córdoba, Chubut y Río Negro, y las ciudades de Neuquén, Ushuaia, Comodoro Rivadavia, Rosario, entre otras.
Las bolsas de plástico livianas se convierten en residuos muy rápidamente. Dado resulta más económico fabricar bolsas con materia prima nueva, sólo una mínima porción del volumen fabricado se recicla. La aplicación de esta normativa habilita un bienvenido cambio en el consumo general de plástico, un material altamente contaminante que causa la degradación del ambiente, promoviendo la reutilización de bolsas de compras lo que resulta una mejor opción en términos ambientales.
Dado su peso reducido las bolsas de plástico tienden a dispersarse fácilmente como basura, tapando sumideros y generando anegamientos durante las tormentas. No sólo cubren áreas terrestres sino también cuencas hídricas, costas y mares, humedales, entre otros. Esto es particularmente importante para una ciudad ribereña como Buenos Aires. Cuando estas bolsas alcanzan cuerpos de agua tienen un fuerte impacto sobre diversas especies animales. Para una tortuga marina, por ejemplo, una bolsa se confunde fácilmente con una apetitosa medusa. El plástico y la materia fecal pueden terminar provocando una obstrucción intestinal que les imposibilita poder sumergirse para desplazarse, huir de predadores y alimentarse normalmente. Esto las debilita y les causa la muerte tras una lenta agonía. Asimismo, podría afectar su migración hacia aguas más cálidas, siendo finalmente arrastradas a la playa con un cuadro mortal de hipotermia.
Por último, el paso dado con la Resolución 341/2016 nos debe recordar además de lo imperioso que resulta avanzar con prontitud hacia el cumplimiento de la Ley Basura Cero, cuyo principio es la reducción progresiva de la disposición final de los residuos sólidos urbanos a través de medidas orientadas a la reducción en la generación de residuos, la separación selectiva, la recuperación y el reciclado.
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