martes 1º de agosto de 2017
El fraude, que se había erradicado con la Ley Sáenz Peña de 1912 del voto secreto, universal masculino y obligatorio, que luego se reinstaló a partir de las proscripciones en la década de 1930 y luego del golpe de 1955, parece regresar en el siglo XXI.
¿OTRA VEZ FRAUDE?
La titular de Desarrollo Social del Municipio de La Matanza, Marisa Samparisi, denunció a Infobaires24 que, a quince días de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), el Gobierno Nacional quitó sin previo aviso el camión-fábrica de documentos en el barrio La Loma del municipio más poblado de la provincia de Buenos Aires.
Por Araceli Bellotta
A DÍAS DE LAS PASO: ¿OTRA VEZ EL FRAUDE?
La titular de Desarrollo Social del Municipio de La Matanza, Marisa Samparisi, denunció a Infobaires24 que, a quince días de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), el Gobierno Nacional quitó sin previo aviso el camión-fábrica de documentos en el barrio La Loma del municipio más poblado de la provincia de Buenos Aires.
El fraude, que se había erradicado con la Ley Sáenz Peña de 1912 del voto secreto, universal masculino y obligatorio, que luego se reinstaló a partir de las proscripciones en la década de 1930 y luego del golpe de 1955, parece regresar en el siglo XXI.
La primera ley electoral dictada una vez sancionada la Constitución Nacional fue la número 140, del 16 de septiembre de 1857. La norma establecía una boleta única en la que figuraban todos los postulantes. Los votos se computaban en forma individual, empezando por el candidato que hubiese obtenido mayor número, siguiendo los demás el mismo orden.
En teoría, este sistema permitía que triunfaran personas de distintas listas según el número de voto obtenido por cada individuo. Sin embargo, en la práctica no funcionó. Porque la cuestión no radicaba tanto en la forma concreta de expresar el voto, sino en cómo se llegaba a emitirlo.
En aquellos tiempos no existían padrones electorales, y los sufragantes debían inscribirse voluntariamente, en un Registro Cívico. El fraude y la arbitrariedad comenzaba con impedir que los opositores se anotaran en ese registro.
La siguiente ley electoral fue sancionada luego de la batalla de Pavón, cuando Buenos Aires volvió a sumarse al resto de las provincias. Fue la ley 207, de 1859, pero sólo se ocupaba de la duración de los comicios que entonces se prolongaban por varios días debido a las distancias que los votantes tenían que recorrer. Para evitar la "agitación electoral", dispuso que las elecciones debían realizarse en tres días.
En noviembre de 1863, la ley 75 ordenó la confección de nuevos registros. La inscripción se abrió el segundo domingo de diciembre de ese año y se cerró un mes más tarde, en enero de 1864. Otorgaba un mes para las impugnaciones y para su publicación. Aquí, la dificultad la presentó la población rural que se negaba a inscribirse por temor a ser convocada por la leva.
En 1873, la ley 623 estableció el voto por lista completa y ratificó que debía ser público y a viva voz. Por esa razón, bastaba con que algún caudillo local advirtiera que perdía el comicio para que la mesa electoral terminara a los tiros.
La ley 759, de 1877, dispuso que las elecciones nacionales debían hacerse previa inscripción en el Registro Cívico Nacional — que era remitido al Juez Nacional — para evitar que se fraguaran antes de la elección. Otra vez el fraude se producía impidiendo que los ciudadanos conocidos como opositores se inscribieran.
En 1902, la ley 4161 de Joaquín V. González dividía a los distritos en partes equivalentes a las bancas de los legisladores en juego y se elegía uno solo por circunscripción. Fue entonces cuando resultó electo Alfredo Palacios, el primer diputado socialista de América Latina.
Pero seguían sin poder evitar el fraude, porque las inscripciones en el Registro se hacían sin documento, los presidentes de mesa no lograban establecer si el que votaba era el mismo que figuraba en el padrón, y no había manera de evitar la multiplicación de los votos.
Hasta que en 1912, la ley 8.871, impulsada por el presidente Roque Sáenz Peña, estableció el sistema de lista incompleta que reconocía a una sola minoría, dispuso que el voto fuera secreto, universal — aunque solo para los varones — y obligatorio, y determinó una nueva forma de confección de los padrones electorales: una vez que el ciudadano hacía el servicio militar obligatorio, en forma automática, quedaba inscripto en el padrón electoral. De esta manera, se eliminó la posibilidad de fraude.
Con la ley 13.010, en las elecciones de 1951 se incorporaron las mujeres. Para ello fue necesario realizar el empadronamiento femenino con el otorgamiento de la libreta cívica, y con ese documento se garantizaba que no se duplicaran los votos igual que la libreta de enrolamiento identificaba a los varones.
En la actualidad, el voto electrónico propuesto por el oficialismo fue rechazado por la mayoría de las fuerzas políticas porque los especialistas informáticos sostuvieron que era factible de ser manipulado, y así también lo entendieron varias naciones del mundo que, luego de instrumentarlo, decidieron volver a las tradicionales boletas de papel.
Pero una forma de evitar el voto de los ciudadanos presuntamente opositores al gobierno, es impedir que obtengan su documento de identidad, como a 15 días de las PASO está sucediendo en La Matanza. ¿Estaremos ante otro intento de fraude?
Fuentes:
- Academia Nacional de la Historia. Nueva Historia de la Nación Argentina. La configuración de la República Independiente (1810-1914). Tomo IV. Editorial Planeta. Bs. As. 2000.
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