
lunes 20 de febrero de 2017
Informe Especial
Joder con el reglamento
El caso Highton de Nolasco.¿Tiene que irse de la Corte o puede quedarse a los 75 años? Reglamentaristas versus interpretativos.Las dos bibliotecas.

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Risible, tenso, con mucha adrenalina. El desenlace del partido de Atlético de Tucumán en Ecuador tuvo de todo, y pasará a la historia no solo por el primer partido oficial del equipo tucumano en el exterior (y encima, triunfo) sino también por la frase del embajador argentino Luis Juez: "Que se dejen de joder con el reglamento" (risas cómplices del público), para que esperaran al equipo, demorado en el aeropuerto por una combinación de desaciertos.
El caso de la jueza de la Corte Suprema de Justicia, Elena Highton, tiene también sus fans reglamentaristas y de los que gritan "que se dejen de joder con la ley" y permitan que, al cumplir 75 años, continúe en su puesto sin más, como si el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución no existiera. No existió cuando se discutió el caso del longevo Carlos Fayt quien alegó que no debería alcanzarlo porque ya tenía esa edad cuando se sancionó la nueva Constitución y todos saben que no puede ser retroactiva. Y todos los miembros de la Corte de entonces fueron por más: que los constituyentes se habían excedido en sus mandatos reformistas y por lo tanto no debían haber alterado la norma que les permite quedarse en forma indefinida. La Corte se defendió a sí misma.
Highton también quiere quedarse. Y puede hacerlo. "Dice el inciso 4 del artículo 99 de la Constitución: "Un nuevo nombramiento, precedido de igual acuerdo, será necesario para mantener en el cargo a cualquiera de esos magistrados, una vez que cumplan la edad de setenta y cinco años. Todos los nombramientos de magistrados cuya edad sea la indicada o mayor se harán por cinco años, y podrán ser repetidos indefinidamente, por el mismo trámite".
Ahora, está claro que el presidente de la Nación es el que debe hacer el nombramiento después de que lo apruebe el Senado. Pero, ¿tiene también que enviar un nuevo pliego? ¿A quién tiene que pedirle quedarse la magistrada? ¿El Senado actúa de oficio?
Nunca antes sucedió que se revalidara por 5 años a un miembro de la Corte. Y parece que pocos quieren que suceda aunque por razones distintas: Highton de Nolasco porque cree que es suficiente con el dictamen de la Corte en el caso Fayt y que está declarado inconstitucional el artículo limitante. O sea, no "existe".
Pero hay más argumentos, y no son legales sino políticos. A esta altura, si no hubo un operativo clamor para que se quede como el que sí disfrutó Fayt – tal vez haya tenido mucho que ver su oposición al gobierno de Cristina, quién sabe - es porque no hay sectores políticos con poder que quieran sostenerla. El Gobierno parece más inclinado a "cambiar" también la Corte Suprema y buscar una reemplazante que salde compromisos con aliados. Y de paso, debilitar la posición del presidente Ricardo Lorenzetti, que ya bastante trajín tiene con cuidarse de los embates de su comprovinciano Horacio Rosatti que llegó con el ímpetu de marcar diferencias pública pero con el correr de los meses fue advertido de que sea un poco más cauteloso en su carrera por ocupar la Presidencia de la Corte.
Highton no cuenta entonces con fortaleza dentro de su grupo cortesano teñido por otras internas más poderosas; no es mirada con simpatía en Tribunales luego de que hiciera nombrar a su hija en la Secretaría judicial de Relaciones de Consumo, no tiene para ofertar un sector partidario fuerte de respaldo –como lo tuvieron Rosatti vía PJ y Carlos Rosenkratz vía UCR además de sus propios pesos de trayectoria, pero eso también lo tiene Highton- y tiene para defenderse una decisión de la Corte que declaró inconstitucional un artículo en defensa de intereses propios.
A esta altura, a la Corte Suprema le hubiera sido más útil aceptar la letra de la Constitución y establecer con un mecanismo transparente de validación del cargo y no encerrarse en discusiones que tienen más de refriega política y de corporativismo que de impartir Justicia.


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