miércoles, 3 de agosto de 2016

PARA TODAS LAS MUJERES TODOS LOS DERECHOS

miércoles 03 de agosto de 2016




UNA MUJER, QUE ABORTÓ TRAS SUFRIR A SU PAREJA 

VIOLENTA, Y DOS MÉDICAS DE LA CIUDAD FUERON 

SOBRESEÍDAS


Cuando la Justicia garantiza los derechos


Un hombre violento había denunciado penalmente a su pareja y a dos médicas de una sala porteña. La mujer había quedado embarazada y concretó un aborto con pastillas provistas. La jueza que tomó el caso sobreseyó a las tres al considerar la violencia de género.
             El fallo de la jueza Laura Bruniard consideró que la salud de la mujer va                         más allá de lo físico.


Por      Mariana Carbajal


La Justicia consideró legal un aborto que se realizó una mujer víctima de violencia de género, al sostener que ese embarazo podría ser resultado de un abuso sexual y que su continuidad, en esas circunstancias, pondría en peligro, su salud mental. Con esa interpretación, la jueza nacional en lo Criminal de Instrucción N° 16, Laura Graciela Bruniard, sobreseyó a la mujer y a las dos médicas de un centro de salud dependiente de la ciudad de Buenos Aires, que la asistieron, al suministrarle información y la medicación necesaria para la interrupción del embarazo. Bruniard recordó que frente a un aborto no punible "los jueces tenemos la obligación de garantizar los derechos" y "nuestra intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, ya que quedan exclusivamente reservados a lo que decidan la paciente y su médico". La sentencia se conoce en momentos en que en Tucumán, una joven está presa desde hace dos años y tres meses, tras sufrir un aborto espontáneo, y fue condenada por el delito de "homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía", en un proceso judicial plagado de irregularidades (ver aparte).

"Es un fallo de avanzada, porque amplía las causales legales de aborto no punible, al incorporar la violencia contra la mujer como un abuso a su salud mental", destacó en diálogo con Página/12 la abogada defensora de las médicas, Nina Brugo Marcó, especializada en derechos de las mujeres.

La jueza Bruniard ponderó además otro aspecto importante: "el derecho a un pronunciamiento penal rápido", para que las imputadas no queden involucradas durante años en una causa penal, con las consecuencias que esa situación implica. Por esa razón dictó su sentencia, en un plazo corto de tiempo, que no es usual en la justicia del país.

La causa se inició en 2015 con la denuncia de la pareja violenta de la mujer, que se oponía a su decisión de interrumpir la gestación. La denunció a ella y a las médicas después de enterarse de que había concretado el aborto con las píldoras que le habían dado en el centro de salud. La mujer, de clase media, intentó realizarse un aborto previamente con métodos inseguros: con una medicación que había comprado a través de Internet. Tiene alrededor de 30 años y cursa estudios universitarios.

La fiscalía de instrucción N° 43 que intervino, imputó a las dos médicas y la propia paciente, –cuyas identidades se protegen – del delito de aborto ilegal: a su criterio el caso no encuadraba en las causales de no punibilidad previstas en el Código Penal, porque no corría riesgo la vida física de la mujer. De modo que para la fiscalía no existía justificación legal. Se basó en los peritajes de una psicóloga y de una psiquiatra del Cuerpo Médico Forense. Pidió que las imputadas fueran indagadas. Pero su postura fue rechazada de plano por la magistrada. El fallo fue firmado el 28 de junio pero recién trasciende ahora. Está firme porque el fiscal no apeló. Entre sus fundamentos, la magistrada enumeró el fallo FAL de la Corte Suprema de Justicia, que clarificó en 2012 los alcances de los permisos para abortar en la Argentina, tratados de Derechos Humanos y la definición de salud de la Organización Mundial de la Salud como un concepto integral.

"Nuestros tribunales han entendido con justo criterio que no sólo importa el peligro para la salud física y la autodeterminación de la madre para adoptar decisiones sobre su propio cuerpo, sino también que el uso del término 'salud' es el que 'ampara el derecho a la salud en forma integral' (sic) de manera que no considero adecuado escindir, según lo entiendo procedente, las eventuales consecuencias posibles a la salud mental de la madre de llevar el embarazo a término; y limitar el criterio y la justificación legal a los casos en los que peligre, exclusivamente, la salud física de la mujer embarazada", señaló la magistrada. Y agregó: "De acuerdo a las circunstancias expuestas, entiendo razonable inferir que X era víctima de alguna clase de abuso por parte del denunciante, quien también era su pareja y padre del no nato; y que por ello pretendía abortar la gestación, para lo cual, recurrió a sus coimputadas Y y Z para que éstas últimas, en su rol de médicas, la ayuden a llevar a cabo la labor de una manera segura para su salud física, sin dejar de lado tampoco, el peligro para su salud mental que la situación que se presentaba ante sus ojos demostraba. Asimismo, que Y y Z juzgaron la situación desde sus propias perspectivas, y decidieron ayudar a X, en la propia convicción que en el caso de no hacerlo, peligraría la salud mental de la madre", dice en la sentencia.

La jueza aclaró que "no escapa" a su conocimiento que la mujer no hubiera denunciado los abusos de los cuáles habría sido víctima por parte de su pareja. Tuvo en cuenta el hecho de que familiares confirmaron el contexto de violencia machista que vivía en el marco de su pareja y que su madre le confió a una trabajadora social, que declaró como testigo en la causa, que su hija había intentado abortar con métodos inseguros. Además, la magistrada consideró que al tratarse la violación de un delito de instancia privada, es facultad exclusiva de la víctima denunciarlo. "No es posible exigirle a la embarazada que denuncie lo que no quiere denunciar para justificar el aborto que quiere concretar o que llevó a cabo a consecuencia de la acción de su agresor", subrayó la jueza. Y apuntó que "de acuerdo a la sana crítica racional, existen elementos de prueba para suponer con fundamentos, y así lo entendieron las médicas imputadas en la causa al consignarlo expresamente en la historia clínica, que X fue víctima de una situación de abuso sexual por parte de su pareja que la posicionó en la situación especial descripta por el artículo 86 inciso 2° del Código Penal". Ese inciso, en el cual encuadraron las médicas el aborto solicitado por la mujer, establece que no es punible cuando proviene de un abuso sexual o una violación. El inciso 1°, se considera legal la interrupción cuando el embarazo pone en riesgo para "la salud o la vida" de la mujer.

"Sea ese (el del inciso 2°) el encuadre legal adecuado, o aquél previsto por el inciso 1° de la misma norma cuando afirmé que a criterio de los médicos, peligraba la salud mental de X de llevarse a término el embarazo", de acuerdo con el fallo FAL de Corte Suprema "los jueces tenemos la obligación de garantizar los derechos y que nuestra intervención no puede convertirse en un obstáculo para ejercerlos, ya que quedan exclusivamente reservados a lo que decidan la paciente y su médico". En ese sentido, consideró que "debe tenerse en cuenta la posición de la Organización Mundial de la Salud en la materia y los distintos pronunciamientos del Comité de Derechos Humanos y del Comité de los Derechos del Niño, ambos de la Organización de las Naciones Unidas que se citan en el precedente del máximo tribunal, los que dejan en evidencia la necesidad de garantizar el acceso seguro a los abortos no punibles en nuestro territorio y la eliminación de las barreras u obstáculos institucionales y judiciales que han impedido a la mujeres acceder a un derecho reconocido por la ley".















Una pareja violenta



Por      Mariana Carbajal

La mujer que fue denunciada por haberse realizado un aborto – junto a las dos médicas que le brindaron la información y la medicación necesaria – estaba hacía cuatro años en pareja con un hombre que ejercía violencia sobre ella, sobre todo moral y psicológica. Nunca llegó a denunciarlo. Cuando se enteró de que estaba embarazada se desesperó e intentó interrumpir la gestación con métodos inseguros: recurrió a pastillas que adquirió en Internet. Pero no pudo. En ese contexto, su madre se preocupó y consultó a una trabajadora social que se desempeña en un centro de salud porteño. La trabajadora social precisó que durante la consulta, la mujer llevó una ecografía del embarazo y expresó su intención de interrumpirlo "debido a la situación de violencia que atravesaba con su pareja". La trabajadora social también contó que la mujer lloraba, le costaba terminar las frases, estaba muy angustiada, y que "había notado ciertos indicadores" de la violencia que su pareja ejercería en su contra: "A saber, controles de llamadas o de su espacio de trabajo, situaciones de zamarreo o descalificaciones verbales permanentes, y aislamiento provocado contra ella en relación a sus amistades o núcleo familiar".

Ese día la pareja violenta la acompañó al centro de salud y la esperó afuera hasta que empezó a golpear la puerta con insistencia y la mujer pidió que lo dejaran pasar. La trabajadora social declaró en la causa como testigo y contó que cuando le explicaron que tenía derecho a acceder a la interrupción legal del embarazo, el hombre se violentó hasta que le pidieron que se fuese. Consta en la historia clínica que su relato fue evaluado por el equipo; que se consideró que la mujer se encontraba comprendida dentro de las disposiciones del artículo 86 inciso 2° del Código Penal (embarazo producto de violación o abuso sexual) y que se encontraba justificada a interrumpir el embarazo".

La mujer se fue con la información y la medicación necesaria para realizarse el aborto en su casa (pastillas de Oxaprost). Se la dieron dos médicas. Pero al enterarse su pareja, le quitó el blister. La mujer concurrió sola en una segunda oportunidad al mismo centro de salud y "se le volvió a entregar la misma medicación que se le había dado la primera vez, dado que persistía en su intención de interrumpir el embarazo", declaró la trabajadora social. Días después, la mujer se comunicó para informar que había interrumpido el embarazo.

Al enterarse, su pareja decidió cortar la relación y denunciarla a ella y a las dos médicas.


















DESDE TUCUMÁN, 40 ORGANIZACIONES CONVOCAN A UN 

RECLAMO EL VIERNES 12


Belén tendrá su marcha nacional



La Mesa por la #LibertadparaBelén convoca a concentrarse en cada plaza del país, el viernes 12, a las 17. En la capital tucumana, además, a las 11 de ese día se concentrarán frente a Tribunales para reclamarle urgencia a la Corte.

Por      Horacio Cecchi


El reclamo por la libertad de Belén, la joven tucumana presa desde hace dos años tras haber sufrido un aborto espontáneo, crece y presiona. Esta vez, la Mesa por la #LibertadparaBelén, conformada por 40 organizaciones tucumanas y nacionales que concurren de un muy amplio arco político, convocó a una marcha nacional, una marcha en cada plaza del país, a realizarse el viernes 12 de agosto a las 17. En la Plaza Yrigoyen, en San Miguel de Tucumán, ese mismo día, pero a las 11, la Mesa tendrá una actividad extra, específica y local: se concentrará frente a los Tribunales para recordarle a la Corte provincial – que tiene que decidir sobre la libertad de la joven -  que Belén está presa sin motivo alguno desde hace unos 900 días. Y que no estaría bueno que el vértice de la Justicia tucumana convalide los atropellos a los derechos humanos a los que fue sometida. En realidad, motivos para que la tengan sometida a prisión hay: es mujer, y por eso castigada tras haber sufrido a la moral médica, policial y judicial entrometidas dentro de su cuerpo, disponiendo qué sí y qué no.

La Mesa convocante difundió un comunicado en el que sostiene que " consideramos de fundamental importancia que en todas las plazas del país se escuche el reclamo de inmediata libertad y anulación de la condena. El comité de derechos humanos de ONU ya pidió al Estado argentino que tome medidas para su inmediata liberación en virtud de las violaciones que se cometierom a estándares internacionales de derechos humanos. El ministro fiscal dictaminó que 'la causa es nula' desde fojas 1 reconociendo que no existen fundamentos para condenar a Belén. A nivel mundial Amnistía Internacional recogió más de 120.000 firmas que respaldan el pedido de libertad. Belén no puede seguir presa y condenada."

"Hay dos datos importantes que levantamos externos además de las serias falencias de la causa misma." – dijo Soledad Deza, actual abogada de Belén, integrante de Católicas por el Derecho a Decidir de Tucumán y de la Mesa –  "Son dos cuestiones que las consideramos centrales: una es la recomendación del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que pidió por su libertad al gobierno argentino. La otra, es el dictamen del ministro fiscal Edmundo Jiménez, que viene a ser como el procurador General, que dijo en un dictamen que la investigación en la causa es nula y que la sentencia con la que la condenaron no tiene fundamentos. Esos datos, de cara a una joven que lleva casi 900 días, dicen que no se pueden esperar los 90 días hábiles que tiene la Corte para decidir."

La Mesa por la #LibertadparaBelén está conformada por 40 organizaciones de mujeres, de derechos humanos, sindicatos, agrupaciones estudiantiles, y partidos políticos de Tucumán; y dos organizaciones de nivel nacional, una Católicas por el Derecho a Decidir, porque a través de Soledad Deza ya participa su brazo local; y otra, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito.

La Mesa reclamó en su convocatoria que "la Corte Suprema de Justicia de Tucumán ni puede ser parte de la cadena de violaciones a sus derechos fundamentales. Inmediata libertad para Belén. Gobierno nacional y provincial deben tomar medidas para que no hayan mas Belén. Ni una presa más por aborto!".

No se debe leer la presión por la libertad de Belén como un reclamo por una libertad individual. Sería un error. "Consideramos que el caso de Belén compone un mensaje disciplinador para todas las mujeres."  – denunció Deza –  "Belén somos todas".

El lunes pasado, Página/12 publicó la primera entrevista concedida por la joven presa a un medio nacional, en la misma Unidad Penitenciaria Femenina Nº4, en Banda del Río Salí, a un costado de la ciudad, donde permanece desde hace dos años, después de haber entrado al Hospital Avellaneda para ser atendida por dolores estomacales y sufrir un aborto espontáneo.

"En Tucumán, el caso de Belén fue tratado en tres oportunidades en el diario hegemónico, que es La Gaceta, en la sección de Policiales"  – describió Deza–   "y en una de esas tres oportunidades se la vinculó con Romina Tejerina. Ahora, vemos que por primera vez salió de la sección de Policiales y pasó a la de Política. Esto es afín al corrimiento que tuvo la opinión pública, a partir del dictamen del fiscal y del mensaje internacional. El Estado tiene que hacerse cargo que la discriminación a la que fue sometida interpela a la política sanitaria, a la política criminal y a la justicia. Acá hay un estado que la maltrató desde el sector de la salud, de la policía y desde el Poder Judicial. Sin esa tríada de poder es muy difícil que se criminalice".





















EL TÍO DE LA JOVEN ASESINADA EN LUGANO SE HABRÍA 

ADJUDICADO EL CRIMEN



"Discutimos y la maté"



De acuerdo con la policía, el prefecto Néstor Quintana habría dicho que mató a su sobrina. Hoy declarará ante la jueza Elizabeth Paizán.
Gabriela Daiana Villarroel tenía 18 años.
º


Yo sé dónde está Gabriela; está muerta." De acuerdo con la policía, con esas palabras, el cabo de la Prefectura Naval Argentina Néstor Fabián Quintana, de 29 años, se atribuyó el crimen de su sobrina, Gabriela Daiana Villarroel, de 18, con quien mantenía una relación sentimental. Quintana se había separado de su esposa, tía materna de la víctima. "Discutimos y la maté", dijeron los policías de la seccional 48 – de Villa Lugano – que les dijo Quintana. Para que su confesión tenga validez legal, el prefecto tendrá que ratificarla ante la jueza Elizabeth Paizán, quien hoy le tomará declaración indagatoria.
Ayer se conocieron los resultados de la autopsia, según la cual la muerte de la joven se produjo por "asfixia mecánica", mediante estrangulamiento, y no se encontraron signos de "ataque sexual". Esos datos preliminares confirmaron lo que habían estimado los peritos al encontrar el cuerpo de la chica, que estaba desaparecida desde el viernes pasado.
Los expertos del Cuerpo Médico Forense anticiparon que la muerte se habría producido en la mañana del domingo, lo que indica que la joven estuvo con vida un día y medio después de su desaparición. De todos modos, aún deben realizarse estudios complementarios. En su relato ante los policías, Quintana sostuvo que mantenía "una relación oculta" con su sobrina y que por ese motivo en diciembre del año pasado se había separado de su esposa, tía de la víctima.
El detenido dijo que había alquilado la habitación de la calle Zelarrayán 5336, en cuyo interior fue hallado el cuerpo de la joven, precisamente para tener un lugar donde encontrarse con ella. Una fuente policial informó que la investigación del caso se había orientado hacia Quintana porque existían sospechas de que entre ambos había una relación que iba más allá del vínculo familiar.
Por esa razón, los instructores policiales de la comisaría 48 convocaron a Quintana y lo interrogaron en tres tandas, por sus "permanentes contradicciones", según señalaron fuentes policiales. "Cada vez que daba una explicación, metía la pata y terminó confesando dónde estaba el cuerpo", dijo uno de los voceros.
Quintana se puso nervioso al no poder explicar cuándo había sido la última vez que había estado con Gabriela. Cuando le pidieron el número de su celular, dijo que se lo habían robado en el barrio de La Boca y que le habían sacado también cinco mil pesos, aunque no supo precisar de qué cajero automático había retirado ese dinero.
Los policías lo dejaron ir, pero volvieron a encontrarse con él una hora después, en casa de la madre de la víctima. Finalmente, Quintana volvió por propia decisión a la comisaría 48, y pidió hablar directamente con el jefe de la dependencia policial, ante quien más tarde dijo ser autor del crimen.
Ayer por la mañana, el padrastro y una tía de Gabriela confirmaron que Quintana había reconocido la autoría del crimen. "El confesó, se quebró en la comisaría", afirmó Lidia, tía de Gabriela, quien sostuvo que víctima y victimario "se llevaban bien, tenían una relación de tío y sobrina". Ante una pregunta, aclaró que hasta ese momento, la policía no le había dado detalles sobre el móvil del crimen. "La policía nos dijo que la mató y nada más".
El cuerpo de la joven fue hallado el lunes, pasadas las 18, en la pensión ubicada en Zelarrayán entre Fonrouge y Larraya, en la que Quintana alquilaba una habitación. El lugar queda a cuatro cuadras de donde la adolescente había sido vista por última vez. La joven dijo que iba a encontrarse con su novio, de 20 años, pero nunca llegó a la cita.





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